Decreto 148/2020

Fecha de publicación14 Febrero 2020
SecciónDecretos
EmisorRESIDUOS PELIGROSOS


Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-03481505-APN-DRIMAD#SGP, las Leyes Nros. 23.922, 24.051 y 25.675, los Decretos Nros. 181 del 24 de enero de 1992, 831 del 23 de abril de 1993 y 591 del 26 de agosto de 2019, la Resolución Conjunta N° 3 del 12 de noviembre de 2019 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.

Que en este marco nuestro país aprobó mediante la Ley N° 23.922 el CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN, suscripto en la Ciudad de Basilea (CONFEDERACIÓN SUIZA) el 22 de marzo de 1989.

Que en la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes Integrantes del citado Convenio se aprobó la Decisión BC-10/2 “Marco estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea correspondiente a 2012-2021”, donde se establece el principio de responsabilidad extendida del productor como instrumento de la política de gestión de los desechos; y el de reconocer la jerarquía de gestión de los desechos (prevención, minimización, reutilización, reciclado, otro tipo de recuperación, incluida la recuperación de energía, y la eliminación final) y al hacerlo, alentar las opciones de tratamiento que obtengan los mejores resultados ambientales generales para tener en cuenta el enfoque del ciclo de vida.

Que en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en la Ciudad de RÍO DE JANEIRO en el año 2012 y conocida como Río+20 se consensuó el Documento final de la Conferencia “El Futuro que Queremos”, posteriormente adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución Nº A/RES/66/288, el 27 de julio de 2012.

Que en el documento mencionado se reconoce la importancia de elaborar políticas para el uso eficiente de los recursos y una gestión de los desechos ambientalmente sustentable.

Que, asimismo, en el mencionado documento se establecieron los lineamientos del principio de no regresión de la protección ambiental al reconocerse que “desde 1992, en algunos aspectos de la integración de las tres dimensiones del desarrollo sostenible, los avances han sido insuficientes y se han registrado contratiempos, agravados por las múltiples...

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