Decreto 145/2021

Fecha de publicación08 Marzo 2021
SecciónDecretos
EmisorPERSONAL MILITAR


Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-32147399-APN-DIAP#ARA, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá designar agregados especializados o agregadas especializadas en las áreas de Defensa, Cultura, Economía u otras, por iniciativa propia o a propuesta de los distintos Ministerios, con afectación a sus respectivos presupuestos.

Que, asimismo, establece que este servicio de agregados especializados o agregadas especializadas dependerá del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, salvo en los asuntos específicos de su especialidad y función, en los que mantendrán dependencia directa con el Ministerio de origen, formarán parte de la misión diplomática en que actúen y estarán subordinados o subordinadas al jefe o a la jefa de la misma, a quien deberán enterar de las instrucciones que reciban y de los informes que remitan a sus respectivos Ministerios.

Que es de interés para el ESTADO NACIONAL y las FUERZAS ARMADAS mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que resulta necesario designar un Oficial Superior para cubrir el cargo de Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico en la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA FRANCESA, con extensión sobre el REINO DE BÉLGICA y la REPÚBLICA PORTUGUESA.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío Pablo Germán BASSO para que desempeñe la mencionada función.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes de la ARMADA ARGENTINA, del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE...

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