DECRETO 1449 / 2020 DECRETO de 18 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2020
Número de Boletín29807
Fecha de Publicación 1 de Septiembre de 2020
Número de documento78478

DECRETO N° 1.449/3 (SH), del 18/08/2020.

EXPEDIENTE N° 781/222-L-2020

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Municipalidad de San Isidro de Lules solicita una asistencia financiera con carácter de Aporte No Reintegrable, por la suma de $30.000.000.-, y

CONSIDERANDO:

Que los fondos requeridos serán destinados a obras de infraestructura, pavimentación, cordón cuneta, dragado y encauce de ríos y arroyos, renovación y/o reconversión del alumbrado público necesarios para el municipio.

Que a fs. 3 el señor Ministro de Interior toma conocimiento del trámite, sin formular observaciones al pedido.

Que en consecuencia resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la pertinente medida administrativa, y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.

Por ello, atento a lo informado por la Dirección de Relaciones Municipales a fs. 2, Contaduría General de la Provincia a fs. 4, Dirección General de Presupuesto a fs. 5 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1423 del 14 de agosto de 2020, adjunto a fs. 7 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Otórgase -de conformidad a los considerandos que anteceden y a las disponibilidades del Tesoro Provincial- a la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE LULES un Aporte No Reintegrable, por la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000.-), destinados a obras de infraestructura, pavimentación, cordón cuneta, dragado y encauce de ríos y arroyos, renovación y/o reconversión del alumbrado público necesarios para el municipio.

ARTÍCULO 2°

Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir una orden de pago a favor de la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE LULES por la suma y el concepto citados en el Artículo precedente, e impútese la presente erogación a la...

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