Decreto 142/2015

Fecha de disposición28 Enero 2015
Fecha de publicación10 Febrero 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33068



MINISTERIO DE SALUD

Decreto 142/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora de Asuntos Judiciales.

Bs. As., 28/1/2015

VISTO los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 370 del 3 de abril de 2006, N° 1463 del 17 de octubre de 2006, N° 1000 del 25 de julio de 2007, N° 118 del 17 de febrero de 2009, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 374 del 16 de marzo de 2010, N° 523 del 3 de mayo de 2011, N° 1987 del 29 de noviembre de 2011, N° 1798 del 2 de octubre de 2012, N° 848 del 27 de junio de 2013 y N° 1132 del 21 de julio de 2014, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N° 1-2002-18400/05-9 del registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 370/06 se designó, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, como Directora de la Dirección de Asuntos Judiciales, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, en un cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de nivel III, a la doctora Da. Claudia Beatriz RIVERO (D.N.I. N° 17.453.967).

Que el plazo precedentemente señalado fue prorrogado sucesivamente y por igual término por los Decretos Nros. 1463/06, 1000/07, 118/09, 374/10, 523/11, 1987/11, 1.798/12, 848/13 y 1132/14 y se encuentra actualmente vencido.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la Dirección de Asuntos Judiciales, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Dase por prorrogada a partir del...

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