DECRETO 1396 / 2020 DECRETO de 7 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2020
Número de Boletín29808
Fecha de Publicación 2 de Septiembre de 2020
Número de documento78488

DECRETO N° 1.396/1 (FE), del 07/08/2020.

EXPEDIENTE N° 1.243/170-A-19.-

VISTO, las presentes aduaciones por las cuales se gestiona el pago de la deuda según sentencia recaída en el juicio: "Acuna Raúl Jacobo Francisco y Otros vs. Provincia de Tucumán S/ Cobros (Ordinario)" (Expte. N° 241/12), que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1(FE)-16 Anexo II); a fs. 6/13 se agrega copia de Sentencia N° 470 del 30 de julio de 2015 que resuelve la Cuestión de fondo e impone las costas, a fs. 15/17 obra copia de Sentencia N° 323 del 22 de junio de 2017, que aprueba la planilla de liquidación.

Que a fs. 21 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia N° 470 del 30 de julio de 2015, se hace lugar a la demanda en contra de la Provincia de Tucumán. Informa que la sentencia de fondo se encuentra firme, que la deuda debe ser abonada en efectivo y que no existen pagos, embargos ni cesiones por este concepto. Para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de la planilla, es el 5 de julio de 2017.

Que a fs. 22 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado, informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.

Que a fs. 23/24 y 28/29 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado, ascendiendo la última a la suma total de $ 239.037,48.

Que a fs. 33 se consigna la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.

Que a fs. 37 interviene la...

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