DECRETO 1388 / 2022 DECRETO / 2022-05-06

Fecha06 Mayo 2022
Fecha de publicación31 Mayo 2022
Número de Gaceta30.235
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 1.388/1 (FE), del 06/05/2022.
EXPEDIENTE N° 704/460-J-18 y Agreg.-
VISTO, las actuaciones de la referencia el Ente Autárquico Tucumán Turismo (EATT) informa la ocupación ilegítima de un terreno ubicado en la localidad de San Javier, Departamento Yerba Buena identificado con el Padrón Catastral N° 184.193, como Lote N° 180 de la mencionada Villa dentro del Loteo de la Villa Veraniega de San Javier al cual se accede por la calle 1, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 el Departamento de Inmuebles Turísticos del Ente Autárquico Tucumán Turismo (EATT) informa la ocupación ilegítima de un terreno en Villa San Javier en el cual se está construyendo una vivienda. Indica que según los registros de la EATT, oportunamente fue vendido mediante subasta pública. Señala que, a la fecha, no constan registros de haberse abonado el precio. Destaca que se encuentra afectado a los trámites de recuperación por incumplimiento de lo establecido en el Decreto N° 27 reglamentario de la Ley N° 1.672 del Loteo San Javier. Adjunta fotografías del lugar (fs. 2/3).
Que a fs. 23/24 el Departamento de Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que la fracción denunciada se identifica con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 184.193, Matrícula Catastral 34605, Orden Catastral: 195, Circunscripción II, Sección Y, Manzana 244 G, Parcela 191, ubicado en el Lote 180 conforme Plano de Loteo de la Villa Veraniega en la localidad de San Javier, Departamento Yerba Buena. Su dominio se encuentra inscripto en el Registro Inmobiliario Provincial en mayor extensión a nombre del Superior Gobierno de la Provincia, en el Folio Real en el Libro 55, Folio 137, Serie B, Año 1942, acto protocolizado conforme testimonio de Escritura Pública N° 6 de fecha 26 de enero de 1942 pasada ante Escribanía de Gobierno. Figura un título provisorio empadronado a nombre de Edmundo Ferreti siendo éste el responsable fiscal del inmueble ante la Dirección General de Rentas de la Provincia.
Que informa asimismo que por Ley N° 1.672 de fecha 7 de diciembre de 1.936 complementada por el Decreto Reglamentario N° 27 de fecha 16 de diciembre de 1.948 se expropian hasta 2.000 hectáreas de terreno en San Javier, Departamento Yerba Buena, ex Tafí para la instalación de una villa de veraneo. Conforme Plano de Formación de la "Villa San Javier", la misma se dividió en 222 lotes y se reservó en dominio del estado provincial una zona destinada a parques, plazas, edificios públicos, etc.; y a...

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