DECRETO 1366 / 2020 DECRETO de 5 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor28 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2020
Número de Boletín29804
Fecha de Publicación27 de Agosto de 2020
Número de documento78413

DECRETO N° 1.366/3 (SH), del 05/08/2020

EXPEDIENTE N° 644/170-DJ-2017 y agreg.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado solicita autorización para que la Unidad de Control Previsional de Tucumán adopte las medidas tendientes a modificar el haber previsional de la señora Blanca Lilian Guerra actora del juicio "Guerra Blanca Lilian c/ Provincia de Tucumán s/Contencioso Administrativo (Expediente 163/15)", de conformidad con lo resuelto por Sentencia N° 60 del 8 de marzo de 2017, dictada por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo - Sala III -fs. 218, Y

CONSIDERANDO:

Que la sentencia reconoce a la senora Blanca Lilian Guerra el derecho a la movilidad del beneficio previsional y al reajuste de su haber jubilatorio, y a percibir las diferencias originadas y las que se generen en períodos futuros.

Que a foja 62, la Subgerencia Previsional de I.P.S.S.T. practica la actualización del haber vigente a noviembre 2019, según la mencionada sentencia y conforme a la nueva escala salarial, conforme Decreto N° 3.221/3(SH) del 18 de octubre de 2019, en el que queda determinado en la suma de $ 87.553,91; Y asimismo fija el valor de la Asignación Mensual y Personal - (Cód. 040-556) - en la suma de $ 34.884,27.

Que la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado (fs. 65) informa que el monto de la Asignación Mensual y Personal es razonable, y Contaduría General de la Provincia a foja 66, se expide sin formular objeciones.

Que en consecuencia, corresponde dictar la medida administrativa tendiente a modificar la asignación mensual y personal de la actora del juicio de referencia, aplicando la movilidad reconocida.

Por ello, y atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 67 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 521 del 3 de marzo de 2020, adjunto a foja 69, de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Autorízase...

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