DECRETO 1362 / 2023 DECRETO / 2023-04-25

Fecha de publicación29 Mayo 2023
Fecha25 Abril 2023
Número de Gaceta30.478
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 1.362/8 (MOySP), del 25/04/2023.
EXPEDIENTE N° 4008/390-B-2021 y Agdo. -
VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 481/22, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de la referencia se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A (fs. 57/63), contra la Resolución N° 481/22- ERSEPT de fecha 10/08/2022 (fs. 48/54), confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 480/22 de fecha 17/05/2022 (fs. 26/30).
Que por las actuaciones de referencia tramita el Recurso de Alzada tramita el Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A. (fs. 57/63) en contra de la Resolución N° 481/22-ERSEPT, del 10/08/2022 (fs. 48/54), emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán, confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 480/22, del 17/05/2022 (fs. 26/30). Para la procedencia formal de los recursos administrativos, la Ley de Procedimientos Administrativos (Ley N° 4.537), en su artículo 60 prevé: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudos previstos en el artículo 21 y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses.
Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución. Advertida alguna deficiencia formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio que se le fije, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso".
Que de las constancias de autos surge que EDET S.A. no adjuntó original de comprobante de pago de la Tasa Retributiva por Servicio Administrativo, de conformidad a las previsiones de la Ley N° 8.467, artículos 20 y 21, inciso 4...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR