DECRETO 1358 / 2020 DECRETO de 3 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2020
Número de Boletín29810
Fecha de Publicación 4 de Septiembre de 2020
Número de documento78535

DECRETO N° 1.358/9 (MDP), del 03/08/2020.

Expediente N° 5749/390-K-2018 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A (EDET S.A) en contra de la Resolución N° 665/19 de fecha 15/10/19, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución (fs. 64/68) es confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 85/19 de fecha 13/05/19 (fs. 44/49);

Que por la misma el señor Gerente de Atención a Usuarios del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán resolvió hacer lugar al reclamo formalizado por el señor Kast Walter Oscar, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en el aparato consignada en el formulario Serie RD N° 23386;

Que en consecuencia la Distribuidora deberá proceder a reparar o, en el supuesto de ser esto imposible, a reponer otro de igual marca e idénticas o similares características técnicas y prestacionales;

Que en el caso de que el usuario haya hecho arreglar el aparato por su cuenta, la Empresa deberá devolver el monto abonado por la reparación, debidamente actualizado a la fecha del efectivo pago, debiendo presentar el usuario la documentación comercial que acredite la suma erogada, de acuerdo a lo establecido en el Adda. del AR.I.;

Que el Recurso de Alzada es formalmente admisible porque se presentó dentro del plazo establecido por el artículo 68° de la Ley N° 4.537 y se repuso la tasa por servicio administrativo a fs. 76 y 80;

Que la recurrente manifiesta en sus agravios que los actos que se impugnan se encuentran afectados de vicios graves en sus elementos esenciales, por lo que son nulos de nulidad absoluta. Específicamente sostiene que carecen de causa;

Que asimismo, expresa que resulta cuestionable el dictamen técnico del ERSEPT en...

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