DECRETO 1344 / 2019 DECRETO de 7 de Mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor23 de Mayo de 2019
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
Número de Boletín29497
Fecha de Publicación22 de Mayo de 2019
Número de documento72382

DECRETO N° 1.344/5 (MEd), del 07/05/2019.-

EXPEDIENTE N° 014767/230-T-18.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la señora Olga Rosario Toloza, Personal Auxiliar dependiente del Ministerio de Educación, solicita hacer uso de la opción de continuar su actividad laboral hasta los 65 años de edad previsto en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Personal del aérea manifiesta que correspondería hacer lugar a lo solicitado e informa que la agente fue intimada a iniciar los trámites jubilatorios por Decreto 793/5 (MEd)-18 (fojas 04 y 06).

Que a fojas 05 se adjunta Situación de Revista, de la que surge que la señora Toloza tiene 63 años de edad y más de 39 años de servicios.

Que por Decreto N° 793/5 (MEd) de fecha 20/03/18, se ordena intimar a la recurrente en los términos del artículo 9°, inciso 4) de la Ley N° 5.473, a iniciar y/o completar ante el organismo competente, el trámite tendiente a la obtención del beneficio previsional que corresponda con ajuste a las normas previsionales vigentes (fojas 08/09).

Que a fojas 10 emite opinión la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación.

Que según consta en autos, a la fecha de la emisión del Decreto N° 793/5 (MEd)-18 la recurrente poseía la edad y los años de servicios exigidos por la Ley N° 24.241 para obtener la jubilación ordinaria total y definitiva.

Que el artículo 19° de la mencionada Ley dispone que: "Tendrán derecho a la prestación básica universal (PBU) y a los demás beneficios establecidos por esta Ley, los afiliados: a)...; b) Mujeres que hubieran cumplido sesenta (60) años de edad; c) Acrediten treinta (30) años de servicios de aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad. En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta y cinco (65) años de...

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