Decreto 1326. Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en la 'XIV Feria FUNDAL de las Colectividades'.
Fecha de disposición | 29 Diciembre 2016 |
Fecha de publicación | 29 Diciembre 2016 |
Sección | Decretos |
Decreto 1326/2016
Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en la "XIV Feria FUNDAL de las Colectividades".
Buenos Aires, 28/12/2016
VISTO el Expediente N° S01:0415621/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 4° de la Ley N° 20.545 y sus modificatorias se derogaron aquellas normas que autorizaban importaciones sujetas a desgravaciones de derechos de importación o con reducción de dichos derechos, a fin de promover la protección del empleo y la producción nacional.
Que por el Artículo 5°, inciso s) de la Ley N° 20.545 incorporado por el Artículo 1° de la Ley N° 21.450 y mantenido por el Artículo 4° de la Ley N° 22.792, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a eximir en forma total o parcial del pago de los derechos de importación y demás tributos que gravan las importaciones para consumo de mercaderías para ser presentadas, utilizadas, consumidas o vendidas en o con motivo de exposiciones y ferias efectuadas o auspiciadas por Estados extranjeros o por entidades internacionales reconocidas por el Gobierno Nacional.
Que la FUNDACIÓN FUNDAL (C.U.I.T. N° 30-67913585-2) solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, libros, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los países participantes en la "XIV FERIA FUNDAL DE LAS COLECTIVIDADES", a realizarse en el Salón y Teatro del Club Pacheco, sito en la calle Santiago del Estero 185 de la Localidad de General Pacheco, Provincia de BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA), del 21 de noviembre de 2016 al 6 de marzo de 2017.
Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar la calidad de vida social y cultural de la población infantil.
Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento el CONSULADO GENERAL DEL PERÚ y el CONSULADO GENERAL DE CHILE en nuestro país.
Que la "XIV FERIA FUNDAL DE LAS COLECTIVIDADES" es la principal fuente de ingresos con que cuenta la FUNDACIÓN FUNDAL para alcanzar dicha meta, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de los productos mencionados por un valor FOB de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL (U$S 15.000) por país participante.
Que dicha autorización se otorga...
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