DECRETO 1326 / 2020 DECRETO de 30 de Julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición30 de Julio de 2020
Número de Boletín29810
Fecha de Publicación 4 de Septiembre de 2020
Número de documento78536

DECRETO N° 1.326/9 (MDP), del 30/07/2020.

Expediente N° 4936/390-A-2018 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 212/19 del 25/03/19, emitida por el Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución (fs. 50/54) es confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 373/18 de fecha 06/12/18 (fs. 25/32), por la cual el señor Gerente de Atención a Usuarios del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán hizo lugar al reclamo formalizado por el señor Luis Alberto Anís, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en el electrodoméstico consignado en el formulario Serie RD N° 23.280;

Que asimismo se dispuso que EDET S.A. deberá proceder a reparar o, en el supuesto de ser esto imposible, a reponer otro de igual marca e idénticas o similares características técnicas y prestacionales;

Que en el caso de que el cliente haya hecho reparar el artefacto por su cuenta la empresa deberá abonar a aquel el monto pagado en concepto de reparación -actualizado a la fecha del efectivo desembolso·, contra la presentación de la factura correspondiente;

Que a fs. 57/60 la empresa presentó un Recurso de Alzada, el cual es formalmente admisible por haber sido deducido en el plazo del art. 68 de la Ley N° 4.537 y por haberse repuesto la tasa por servicio administrativo (fs. 64 y 68);

Que la recurrente funda su impugnación en que los actos cuestionados están afectados de vicios graves en sus elementos esenciales (causa y motivación), por lo que son nulos de nulidad absoluta;

Que el dictamen técnico del ERSEPT no puede ser el pilar de la resolución, por cuanto es una secuencia de conjeturas que no se encuentran acreditádas por pruebas concretas;

Que EDET S.A. niega ser responsable...

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