Decreto 13

DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

DECRETO 13.

La Plata, 3 de enero de 2014.

VISTO el expediente N° 2159-4150/11, por el cual se tramita la aprobación de la reglamentación de la Ley N° 14.209 que regula la actividad turística en el ámbito provincial, y CONSIDERANDO:

Que la referida norma declara al turismo como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia, impulsando el fomento, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y los servicios de la actividad turística;

Que conforme las atribuciones conferidas por el artículo 30 de la Ley N° 13.757 es competencia de la Secretaría de Turismo entender en la materia por lo que resulta pertinente su designación como Autoridad de Aplicación del régimen establecido por la Ley Nº 14.209;

Que a consecuencia de la evolución de la oferta turística es imperioso proceder a establecer resguardos en pos de optimizar las condiciones de seguridad y salubridad de los servicios turísticos, propendiendo a la sustentabilidad de los recursos culturales y naturales en garantía de uso y goce para las generaciones futuras;

Que es imperioso dotar a la actividad de un criterio integral de sustentabilidad, aplicables a las vertientes ambiental, económica, social y cultural, procurando el acceso de toda la comunidad a la recreación y el turismo como solución de necesidades psico-físicas, sin barreras limitantes;

Que creado el Consejo Provincial de Turismo, como instancia de consulta y concertación, deviene procedente en esta instancia determinar las facultades de su presidente;

Que reconociendo al turismo como una actividad económica estrechamente vinculada y expuesta a fenómenos climatológicos, es necesaria la evaluación de impactos negativos de la naturaleza en los prestadores turísticos a fin de socorrerlos en situaciones de emergencia o desastre que tornarían inviable la ecuación económica del negocio;

Que tratándose de una actividad que resulta única e irrepetible en cada destino, pone de manifiesto la importancia de la impronta y pertenencia de las comunidades locales y con ello la irrenunciable...

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