DECRETO 1294 / 2020 DECRETO de 27 de Julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición27 de Julio de 2020
Número de Boletín29808
Fecha de Publicación 2 de Septiembre de 2020
Número de documento78486

DECRETO N° 1.294/1 (FE), del 27/07/2020.

EXPEDIENTE N° 1.065/170-P-14.-

VISTO, estas actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Catastro informa sobre la ocupación ilegítima de una fracción de terreno que forma parte de la mayor extensión identificada como Padrón N° 17.774, ubicado en la localidad de El Cadillal, Departamento Tafí Viejo, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/4 se agrega: Acta Declarativa de fecha 28 de octubre de 2014 suscripta por el señor Néstor Armando Palacios D.N.I N° 16.132.426, por la cual reconoce que la fracción del inmueble que ocupa pertenece al Superior Gobierno de la Provincia; copia simple de Cesión Venta de fecha 20 de septiembre de 2011 otorgada por el señor Luis Humberto Torres Espeche D.N.I. N° 22.414.275 a favor del señor Néstor Armando Palacios.

Que a fs. 30/31 el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que la fracción de terreno ocupada, forma parte del inmueble en mayor extensión identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:

Padrón N° 17.774, Circunscripción: I, Sección: 19, Lámina: 3, Parcela: 4 D12, Matrícula N° 7.882, Orden: 4, que se encuentra inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral T -33135 a nombre del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán.

Que para la localización, personal técnico procedió a confeccionar un croquis de ubicación, indicando las medidas, superficie y linderos de la fracción mensurada.

Que adjunta copia simple de: sentencia recaída en juicio "López de Roselló, Lucía Juana vs. Gobierno de la Provincia S/ Expropiación Inversa"; Plano de Mensura y División; Informe de Registro Inmobiliario; Leyes N° 1.009, N° 2.949, N° 3.235 y N° 4.265 y copia de croquis de ubicación e identificación del inmueble (fs. 35/36).

Que analizadas las presentes actuaciones, especialmente el informe de la Dirección General de Catastro, se advierte que la fracción del inmueble indicada se encuentra ocupada ilegalmente, por lo que deben iniciarse las...

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