DECRETO 1287 / 2020 DECRETO de 27 de Julio de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Agosto de 2020 |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2020 |
Número de Boletín | 29803 |
Fecha de Publicación | 26 de Agosto de 2020 |
Número de documento | 78398 |
DECRETO N° 1.287/3 (ME), del 27/07/2020.
EXPEDIENTE N° 9493/377-2018
VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona la transferencia de dominio a favor del Superior Gobierno de la Provincia del inmueble ubicado en el Barrio Oeste II, Manzana C, Lote 12, esquina calles Esteban Echeverría y Perú, en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Departamento Capital, perteneciente al Instituto Provincial de la Vivienda (IPVyDU), donde se construyó la Escuela Nueva Esperanza, según lo establecido por la Ley N° 8374 y,
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se dispone que los emprendimientos habitacionales que se construyan a través del IPVyDU, en áreas que no cuenten con equipamiento básico suficiente para absorber demandas en materia de Salud, Educación, Seguridad, Deportes, Recreación y otras necesidades básicas del nuevo conjunto, se preverá la reserva de terrenos necesarios para cubrir dichas demandas, autorizando al IPVyDU a transferir al Poder Ejecutivo, a título gratuito, los inmuebles que sean destinados a cubrir lo dispuesto precedentemente.
Que a foja 9 se adjunta Resolución N° 2423 del 1/6/2018, emitida por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano mediante la cual se autoriza la transferencia a favor del Poder Ejecutivo de la Provincia del inmueble ubicado en el Barrio Oeste II, Manzana C, Lote 12 y que según Plano N° 18779/91 se identifican con Padrón N° 227.278; C1- S:5C- M:333B- Parc.: 1 L; Mat/Orden: 6700/9347, con una superficie de 2.480,3420 m2 y su dominio inscripto en mayor extensión en Matrícula Registral N-20122.
Que a foja 2 y 35 el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro agrega Plano de División N° 18779/91 y emite a foja 37 informe en cual indica ubicación, medidas, nomenclatura catastral, linderos y superficie del inmueble a transferir.
Que se adjunta a Fs. 23/32 copia de Folio Real emitido por la Dirección de Registro Inmobiliario, del cual surge que el inmueble se encuentra inscripto en su mayor extensión en la Matrícula Registral N-20.122.
Que en consecuencia, resulta necesario actuar de conformidad, dictando para ello la pertinente medida administrativa.
Por ello, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 257 del 4 de Febrero de 2020, agregado a foja 21 de autos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Acéptase la transferencia de Dominio a título gratuito a favor del Superior Gobierno de la...
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