DECRETO 1277 / 2019 DECRETO de 2 de Mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor15 de Mayo de 2019
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2019
Número de Boletín29491
Fecha de Publicación14 de Mayo de 2019
Número de documento72275

DECRETO N° 1.277/4 (SENAyF), del 02/05/2019.

EXPEDIENTE N° 92/471-O-2017.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Directora del Centro de Recepción y Clasificación de Menores 25 de Mayo - Concepción, gestiona la contratación de servicios de Luis Augusto Peralta Aragón, DNI N° 35.518.688 y de Facundo Roble, DNI N° 36.667.224, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 la Directora del citado Centro expresa que lo solicitado obedece a la necesidad de servicio en razón de las vacantes producidas por agentes que se acogieron a los beneficios de la jubilación ordinaria, adjuntándose a tal efecto la documentación relativa de los señores Luis Augusto Peralta Aragón y Facundo Roble

Que a fs. 18 obra Certificado de Habilitación expedido por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia dando cumplimiento a lo previsto por Ley N° 7.242.

Que a fs. 37 se agrega modelo de Contrato de Servicios, y a fs. 38, emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerios de Desarrollo Social.

Que a fs. 47 emite informe de su competencia la Dirección General de Recursos Humanos.

Que a fs. 51 la Directora del Centro de Recepción y Clasificación de Menores 25 de Mayo - Concepción, expresa que atento al tiempo transcurrido y conforme control de cargos presupuestarios, el cual se agrega a fs. 52 se desprende las vacantes producidas por jubilación o fallecimiento de empleados, ocasionando la disminución de personal administrativo.

Que a fs. 57 Dirección General de Presupuesto consigna la imputación presupuestaria, ratificando dicha imputación a fs. 62, únicamente en lo que respecta al Presupuesto General 2019.

Que a fs. 64 presta conformidad a la presente gestión el señor Ministro de Desarrollo Social.

Que la contratación que se propicia está contemplada en las previsiones de los Artículos 40 inc. 2), 42 y 46 de la Ley N° 5.473 (Estatuto para el Personal, de la Administración Pública de Tucumán), siendo procedente dictar la medida administrativa...

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