Decreto 1231/2015
Fecha de disposición | 29 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2015 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 33162 |
CARNES
Decreto 1231/2015
Cuota Hilton. Prorrógase la vigencia del Régimen Instituido por los Decretos Nº 906/2009 y N° 1174/2012.
Bs. As., 29/06/2015
VISTO el Expediente N° S01:0045327/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 24.425 y, los Decretos Nros. 906 de fecha 16 de julio de 2009, 193 de fecha 24 de febrero de 2011 y 1.174 de fecha 16 de julio de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.425 se aprobaron, entre otros el “ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994” (en adelante GATT) y el “ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO”. Asimismo, mediante el “REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N° 593 DEL 21 de junio de 2013 de la COMISION EUROPEA” se establecen los criterios relativos a la apertura y el modo de gestión de los contingentes arancelarios de carnes de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, y de carne de búfalo congelada.
Que por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009 se declara de interés público y económico el cupo tarifario otorgado por la UNIÓN EUROPEA a nuestro país, comúnmente denominado “Cuota Hilton”, atento su importancia económica, estratégica y social.
Que mediante el Decreto N° 193 de fecha 24 de febrero de 2011, se creó la UNIDAD DE COORDINACIÓN Y EVALUACIÓN DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO, ente interdisciplinario dentro de la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la cual está presidida por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, y tiene como Vicepresidentes a los Ministros de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Industria, según la materia y el ámbito de su competencia, y está integrada por los Secretarios de Comercio y de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, por el Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, por el Secretario de Industria del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y por el titular de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que posteriormente el Decreto N° 1.174 de fecha 16 de julio de 2012 prorrogó la vigencia del Régimen instituido por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009.
Que, asimismo, dicha prórroga fijó un plazo de vigencia para el citado régimen establecido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2015.
Que dada la importancia económica, estratégica y social que reviste...
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