Decreto 123/2023

Fecha de publicación07 Marzo 2023
SecciónDecretos
EmisorRESERVA NATURAL SILVESTRE “MARISMAS DEL TUYÚ”


Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-36287385-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 19.922, 22.351 y sus modificatorias, 23.918 y 24.375, el Decreto Nº 453 del 24 de marzo de 1994, las Resoluciones de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Nros. 456 del 6 de diciembre de 2018, 187 del 28 de julio de 2022 y 230 del 20 de septiembre de 2022 y la Resolución de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 735 del 14 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Resolución de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO N° 456/18 y sus modificatorias y las Resoluciones de la referida Agencia Nros. 187/22 y 230/22 se desafectaron DOS (2) inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, ubicados en cercanía del Faro San Antonio, Localidad de San Clemente del Tuyú, Partidos de General Lavalle y de La Costa, Provincia de BUENOS AIRES, identificados catastralmente como Partido 42 - Circunscripción 4, Parcela 34BN, con una superficie de CIENTO SIETE HECTÁREAS, SESENTA Y SIETE ÁREAS (107 Has. 67 As.) y Partido 42 - Circunscripción 4, Parcela 34BP, con una superficie de DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO HECTÁREAS, DOCE ÁREAS, SETENTA Y UN CENTIÁREAS (245 Has. 12 As. 71 Cas.), correspondientes a los CIE Nros. 0600000136 y 0600000128, respectivamente, individualizados en el Croquis, que como ANEXO (IF-2022-93182402-APN-DNGAF#AABE) forma parte del presente.

Que, además, por el artículo 2° de dicho acto se asignó en uso a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES dichos inmuebles, con el fin de ser destinados a la educación y conservación ambiental y a la conservación y protección de ambientes y de vegetación herbácea y arbórea de la región.

Que la medida adoptada contó con la conformidad del SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL del MINISTERIO DE DEFENSA mediante su Nota del 14 de septiembre de 2018, en el entendimiento de que la reasignación de los inmuebles referidos no comprometería la operatividad del cercano Faro San Antonio ni de las balizas aledañas, dejándose constancia de que todo proyecto de edificación en dichas parcelas deberá ser puesto a consideración del mencionado Servicio, para verificar que el mismo no altere la visualización de la señalización instalada, afectando la seguridad en la navegación.

Que por la Resolución de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 735/22 se asignó la custodia de los predios objeto del presente decreto a la Intendencia del Parque Nacional Campos del...

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