DECRETO 1220 / 2017 DECRETO de 4 de Mayo de 2017

Fecha de Entrada en Vigor12 de Mayo de 2017
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2017
Número de Boletín28999
Fecha de Publicación11 de Mayo de 2017
Número de documento59583

DECRETO N° 1.220/3 (SH), del 04/05/2017.

EXPEDIENTE N° 1.885/220-D-2017 y Ag.-

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales gestiona asistencia financiera reintegrable para las municipalidades detalladas a fojas 2, por hasta la suma de $170.287.536,87, y CONSIDERANDO:

Que respecto a los fondos gestionados serán destinados prioritariamente al pago de haberes de abril de 2017.-

Que para la entrega de los montos requeridos, las Municipalidades deberán suscribir ante Escribanía de Gobierno las pertinentes Escrituras de Cesión de Derechos a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación Ley N° 6316-, F.D.I. -Ley N° 6650- y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de 30 días a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que además, debe señalarse que la Ley N° 7974, Artículo 2°, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales Préstamos Reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestiona serán transferidos...

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