Decreto 1171/2015

Fecha de disposición23 Junio 2015
Fecha de publicación26 Junio 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33159



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1171/2015

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Articulación Regional.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0018255/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1952 del 15 de octubre de 2012 y 1400 del 21 de agosto de 2014 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, respectivamente.

Que mediante el Decreto N° 1952 del 15 de octubre de 2012 se dio por designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al agente D. Rodrigo Alexis LASALLE como Director Nacional de Articulación Regional de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 1400 del 21 de agosto de 2014.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE...

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