Decreto 117. 'Plan de Apertura de Datos'.

Fecha de disposición13 Enero 2016
Fecha de publicación13 Enero 2016
SecciónDecretos
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decreto 117/2016
“Plan de Apertura de Datos”.
Bs. As., 12/01/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0000436/2016, la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el
derecho de acceso a la información pública a través de los artículos 33, 41, 42 y 75 inciso 22, por el cual
se incorporan con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales;
Que el derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (artículo 19), por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (artículo 19.2) y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13.1.),
incluidos en la mencionada disposición constitucional.
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas afirmó en su resolución 59 (I) que
“la libertad de información es un derecho humano fundamental”, pronunciándose en el mismo sentido la
Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes y otros vs. Chile reconociendo
como fundamental el derecho de acceso a la información pública en su doble vertiente, tanto como
derecho individual de toda persona, así como obligación positiva del Estado para garantizar el efectivo
ejercicio de dicho derecho.
Que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN y diversos tribunales inferiores de nuestro país
han decidido en el mismo sentido que los citados antecedentes internacionales.
Que tanto la Convención de la Naciones Unidas contra la Corrupción (artículos 10 y 13) como la
Convención Interamericana contra la Corrupción (párrafo 5 de su Preámbulo, y artículos III.11 y XIV.2)
promueven la transparencia, el acceso a la información pública y la participación de la sociedad civil en la
lucha contra la corrupción.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se sustituyó el Artículo 1° de la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, con el propósito de implementar nuevas formas de gestión que requiere un Estado
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/RHBhMzJ0dU5tbmsrdTVReEh2ZkU0dz09
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