Decreto 1132. Homológase Acta Acuerdo.

Fecha de disposición31 Octubre 2016
Fecha de publicación31 Octubre 2016
SecciónDecretos

Decreto 1132/2016

Homológase Acta Acuerdo.

Buenos Aires, 28/10/2016

VISTO el Expediente N° 1.733.849/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 27.198, la Ley N° 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, el Decreto Reglamentario N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 23 de agosto de 2016 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 92, inciso a) de la Ley N° 27.260, la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA depende del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Ley N° 24.185 rige las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la referida ley, se ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006.

Que en dicho marco se celebró el Acta Acuerdo del 23 de agosto de 2016 con el objeto de excluir del Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público al personal dependiente del referido organismo e incluirlo en el Anexo II del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional como un nuevo sectorial.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como autoridad de aplicación de la Ley N° 24.185 ha tomado la intervención prevista en sus artículos 7°, 10 y concordantes.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993 y normas complementarias, arribaron al acuerdo, el que satisface los requisitos normados en el artículo 11 de la mencionada ley.

Que conforme lo determinado por el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06, la Subsecretaría de Evaluación del Presupuesto Nacional de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS no realizó...

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