DECRETO 1131 / 2021 DECRETO de 11 de Mayo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Junio de 2021
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2021
Número de Boletín29989
Fecha de Publicación 1 de Junio de 2021
Número de documento81913

DECRETO N° 1.131/7 (SES), del 11/05/2021.

EXPEDIENTE N° 85014/213-2021.

VISTO que por estas actuaciones el Departamento General de Policía solicita se deje sin efecto la designación en el cargo de Personal Transitorio Policial del Señor Daniel Edgardo Rodríguez; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.481/14 (SSC) del 7 de agosto del 2015 el mencionado agente fue designado como Personal Transitorio Policial, en el grado de agente, para prestar servicios en el Departamento General de Policía, según los términos de la convocatoria dispuesta por el Decreto N° 3.43517(SSC) del 31/10/2013 (fs. 03-05).

Que la Sección Situación de Revista del Departamento Personal D-1 informa que el agente Rodríguez fue puesto en situación pasiva por proceso, mediante Resolución N° 0004/19 (D-1 S.R.) de fecha 03/01/2019 (fs. 02).

Que a fs. 07-08 y 11 se adjunta Foja de Servicios del agente e informe de la Dirección General de Asuntos Internos Policiales que da cuenta de las causas administrativas iniciadas contra el agente que se encuentran pendientes de resolución y figuran en la Sección Informática de la DiGAIP, Sumario Administrativo 03/190 s/presunta infracción al artículo 12 inc. "c" del RRDP del 29/08/2018, VRS 11/210/18 L3-C y sumario administrativo s/violencia de género atentado y resistencia a la autoridad del 02/01/2019 URS 01/210/19 - L3-C.

Que a fs. 14-18 se agrega informe de Antecedentes y Causas Penales remitido vía mail por el Centro Judicial Concepción.

Que a fs. 20 Asesoría Letrada General emite dictamen de su competencia.

Que a fs. 25 el Secretario de Estado de Seguridad manifiesta su conformidad.

Que cabe destacar que según el ordenamiento jurídico administrativo el personal transitorio carece del derecho a la estabilidad administrativa, lo que implica que su condición es precaria y que el Poder Ejecutivo tiene la potestad de disponer su cese sin expresión de causa, tal como lo prevé expresamente el artículo 6° del Decreto N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR