DECRETO 1117 / 2018 DECRETO de 13 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2018
Fecha de la disposición13 de Abril de 2018
Número de Boletín29237
Fecha de Publicación27 de Abril de 2018
Número de documento65765

DECRETO N° 1.117/3 (ME), del 13/04/2018.

EXPEDIENTE N° 3362/329-M-2017.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Dr. Gustavo Atilio José Mollerrach, interpone Recurso de Alzada (fs. 50/54) en contra de la Resolución N° 1316 del 21/12/2017 (fs. 46/49) confirmatoria de la Resolución N° 1172 del 16/11/2017 (fs. 38/39), ambas emitidas por el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento (SEPAPyS), y

CONSIDERANDO:

Que por el acto recurrido, no se hizo lugar al reclamo de pago efectuado por el Dr. Mollerach, en concepto de servicios profesionales que se le adeuda derivados del Contrato de Servicios celebrado con el SEPAPyS.

Que el recurso ha sido presentado dentro del plazo del artículo 68 de la Ley N° 4537/6311 por lo que su tratamiento en esta sede es formalmente procedente.

Que el recurrente fundamenta su planteo recursivo en que el SEPAPyS le adeuda servicios profesionales por los períodos febrero/2017 a agosto/2017, derivados de un contrato de servicios que lo vinculó al SEPAPyS con anterioridad a la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación. Considera que los servicios Profesionales que se le adeuda no están prescriptos como lo afirma la repartición, que no hizo lugar a su pedido de cobro de honorarios adeudados.

Que a fs. 12/13 se adjunta Resolución N° 1250 del 05/12/2014 por la que el SEPAPyS aprobó en todos sus términos el Contrato de Servicios del 13/11/2014. A fs. 20/23 se adjunta la Resolución N° 0190 del 12/03/2015 mediante la cual el SEPAPyS aprobó los trabajos realizados por el letrado durante febrero de 2015.

Que mediante Resolución N° 0865 del 11/09/2015 (fs. 31/34) el SEPAPyS dispuso rescindir el Contrato de Servicios Profesionales suscripto con el Dr. Mollerach. Además dejó sin efecto la Resolución N° 190 del 12/03/215 y finalmente dispuso que una vez que el Dr. Mollarach regularice su situación fiscal ante la AFIP, podrá reclamar las sumas adeudadas en concepto de honorarios profesionales que se computan desde el 01/02/2015 hasta la fecha de la Resolución.

Que encontrándose vigente desde el 01/08/2015 el nuevo Código Civil y

Comercial de la Nación, aprobado por Ley N° 26994, el...

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