Decreto 1116. Fundación Miguel Lillo. Sustitúyese cargo.

Fecha de disposición20 Octubre 2016
Fecha de publicación20 Octubre 2016
SecciónDecretos

Decreto 1116/2016

Fundación Miguel Lillo. Sustitúyese cargo.

Buenos Aires, 19/10/2016

VISTO el Expediente N° 879/2014 del registro de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO, organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES; el Decreto N° 513 del 14 de mayo de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 513 del 14 de mayo de 1996 se aprobó la estructura organizativa de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO, organismo autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que, en esta instancia, resulta necesario efectuar un reordenamiento del organismo y reformular sus objetivos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Sustitúyese el cargo de DIRECTOR GENERAL CIENTÍFICO TÉCNICO de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO por el de DIRECTOR EJECUTIVO de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO, el que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario, cuya función será la de ejecutar las metas, objetivos y estrategias aprobadas por la COMISIÓN ASESORA VITALICIA AD HONOREM, coordinando las actividades de dicha Fundación.

ARTÍCULO 2°

Apruébanse los Objetivos de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO y las Funciones de la COMISIÓN ASESORA VITALICIA AD HONOREM, que como Anexo I (IF-2016-02282627-APN-SSCA#ME), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°

El gasto que demande la aplicación de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES - Entidad 101 - FUNDACION MIGUEL LILLO.

ARTÍCULO 4°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- MACRI. -- Marcos Peña. -- Esteban J. Bullrich.

ANEXO I

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

FUNDACIÓN MIGUEL LILLO

OBJETIVOS:

  1. Investigar la flora, fauna y gea, principalmente del Norte Argentino.

  2. Impulsar la custodia, protección e incremento del patrimonio científico en el ámbito de su competencia.

  3. Difundir por medio de publicaciones y del intercambio el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR