DECRETO 1115 / 2018 DECRETO de 13 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2018
Fecha de la disposición13 de Abril de 2018
Número de Boletín29237
Fecha de Publicación27 de Abril de 2018
Número de documento65761

DECRETO N° 1.115/3 (ME), del 13/04/2018.

EXPEDIENTE N° 7.721/360/2015 y Agdo.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita el Recurso de Alzada presentado por el señor Guillermo Abib, D.N.I N° 21.744.274, en contra de la Resolución de Intervención N° 703/15, del 20 de octubre de 2015, confirmatoria de las Resoluciones N° 615/12 y 636/12, de fechas 5/10/2012 y 23/10/2012 respectivamente, emitidas por el Interventor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia (C.P.A), y

CONSIDERANDO:

Que el presente recurso fue interpuesto dentro del plazo que establece el artículo 68° de la Ley N° 4.537, por lo que su tratamiento en esta instancia es formalmente procedente.

Que por el acto recurrido, obrante a fojas 65/68, se resuelve rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Abib y confirmar las Resoluciones N° 615/12 y 636/12 que dejan sin efecto la cobertura interina del causante en el cargo de 2do. Jefe de Depto. De 1era.-Nivel 8- en reemplazo del CPN Suárez.

Que se agravia el recurrente en escrito que obra a Fs. 1/4 a cuya lectura se remite por razones de brevedad administrativa.

Que las resoluciones recurridas fueron dictadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 43° de la Ley N° 4.537 y contienen los requisitos esenciales de los actos administrativos.

Que no adolecen de los vicios señalados en el artículo 48° del citado texto legal, que permitan declarar su nulidad.

Que la Gerencia General de la Caja Popular de Ahorros le ha asignado a partir del 19/03/2012 al Sr. Guillermo E. Abib las funciones interinas de 2do. Jefe Departamento de 1era.-Nivel 8- Administrativo.

Que se advierte que el Nivel y el Cargo de Jefe asignado tienen el carácter de precario, careciendo el recurrente de estabilidad en el cargo.

Que en correspondencia a la solicitud de promoción, efectuada por el recurrente bajo la aplicación del artículo 26° del C.C.T 18/75, la C.S.J.T mediante Sentencia N° 762 del 29/09/97, en los autos "Montini César Eduardo vs. Caja Popular de Ahorros de la Provincia s/ Nulidad de resoluciones" declaró lo siguiente al pronunciarse sobre las condiciones para la procedencia de la aplicación del convenio: a) Que el nuevo cargo y funciones hayan sido asignados por autoridad competente. b) Que el cargo se corresponda con un nivel o categoría asignado por el organigrama vigente. c) Que el cargo se encuentre vacante. d) Que el desempeño...

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