DECRETO 1115 / 2018 DECRETO de 13 de Abril de 2018
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Abril de 2018 |
Fecha de la disposición | 13 de Abril de 2018 |
Número de Boletín | 29237 |
Fecha de Publicación | 27 de Abril de 2018 |
Número de documento | 65761 |
DECRETO N° 1.115/3 (ME), del 13/04/2018.
EXPEDIENTE N° 7.721/360/2015 y Agdo.-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita el Recurso de Alzada presentado por el señor Guillermo Abib, D.N.I N° 21.744.274, en contra de la Resolución de Intervención N° 703/15, del 20 de octubre de 2015, confirmatoria de las Resoluciones N° 615/12 y 636/12, de fechas 5/10/2012 y 23/10/2012 respectivamente, emitidas por el Interventor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia (C.P.A), y
CONSIDERANDO:
Que el presente recurso fue interpuesto dentro del plazo que establece el artículo 68° de la Ley N° 4.537, por lo que su tratamiento en esta instancia es formalmente procedente.
Que por el acto recurrido, obrante a fojas 65/68, se resuelve rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Abib y confirmar las Resoluciones N° 615/12 y 636/12 que dejan sin efecto la cobertura interina del causante en el cargo de 2do. Jefe de Depto. De 1era.-Nivel 8- en reemplazo del CPN Suárez.
Que se agravia el recurrente en escrito que obra a Fs. 1/4 a cuya lectura se remite por razones de brevedad administrativa.
Que las resoluciones recurridas fueron dictadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 43° de la Ley N° 4.537 y contienen los requisitos esenciales de los actos administrativos.
Que no adolecen de los vicios señalados en el artículo 48° del citado texto legal, que permitan declarar su nulidad.
Que la Gerencia General de la Caja Popular de Ahorros le ha asignado a partir del 19/03/2012 al Sr. Guillermo E. Abib las funciones interinas de 2do. Jefe Departamento de 1era.-Nivel 8- Administrativo.
Que se advierte que el Nivel y el Cargo de Jefe asignado tienen el carácter de precario, careciendo el recurrente de estabilidad en el cargo.
Que en correspondencia a la solicitud de promoción, efectuada por el recurrente bajo la aplicación del artículo 26° del C.C.T 18/75, la C.S.J.T mediante Sentencia N° 762 del 29/09/97, en los autos "Montini César Eduardo vs. Caja Popular de Ahorros de la Provincia s/ Nulidad de resoluciones" declaró lo siguiente al pronunciarse sobre las condiciones para la procedencia de la aplicación del convenio: a) Que el nuevo cargo y funciones hayan sido asignados por autoridad competente. b) Que el cargo se corresponda con un nivel o categoría asignado por el organigrama vigente. c) Que el cargo se encuentre vacante. d) Que el desempeño...
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