Decreto 1112. Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo y Donación FIDA.
Fecha de disposición | 20 Octubre 2016 |
Fecha de publicación | 20 Octubre 2016 |
Sección | Decretos |
Decreto 1112/2016
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo y Donación FIDA.
Buenos Aires, 19/10/2016
VISTO el Expediente N° S01:0193886/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo y Donación FIDA destinado a la ejecución del "Programa de Inserción Económica de los Productores Familiares del Norte Argentino", propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo y Donación FIDA, el FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del "Programa de Inserción Económica de los Productores Familiares del Norte Argentino" por medio de UN (1) préstamo por un monto de hasta EUROS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL (EUR 22.680.000) y UNA (1) donación por un monto de hasta EUROS TRESCIENTOS DIEZ MIL (EUR 310.000).
Que el objetivo del Programa es contribuir a mejorar la integración sostenible de los pequeños productores en las cadenas de valor en condiciones beneficiosas y sostenibles.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CUATRO (4) componentes: (i) "Desarrollo de Mercados Incluyentes", (ii) "Fortalecimiento de las Organizaciones", (iii) "Desarrollo Productivo"; y (iv) "Gestión del Programa".
Que las funciones del "Organismo Ejecutor" del "Programa de Inserción Económica de los Productores Familiares del Norte Argentino" estarán a cargo del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a través de la Unidad para el Cambio Rural (UCAR).
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo y Donación FIDA, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas para que en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y Donación FIDA y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del "Programa de Inserción Económica de los Productores Familiares del Norte Argentino", siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en...
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