Decreto 1099. Desígnase Delegada de la República Argentina ante la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija.

Fecha de disposición17 Octubre 2016
Fecha de publicación17 Octubre 2016
SecciónDecretos

Decreto 1099/2016

Desígnase Delegada de la República Argentina ante la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija.

Buenos Aires, 14/10/2016

VISTO el Expediente N° 24.098/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Acuerdo para el Aprovechamiento Múltiple de los Recursos de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija: Creación de la Comisión Binacional, suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la entonces REPÚBLICA DE BOLIVIA el día 9 de junio de 1995 y aprobado por la Ley Nº 24.639, y

CONSIDERANDO:

Que es objetivo principal de la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija realizar todas las gestiones necesarias para el desarrollo de la mencionada Cuenca.

Que entre sus funciones se encuentra la de seleccionar las obras a realizar en los cursos de agua sobre la base de la correspondiente evaluación del impacto ambiental, y adjudicar la realización de estudios, programas, proyectos y obras de los recursos hídricos.

Que, por el Artículo 2° de dicho Acuerdo se constituyó la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija, integrada por DOS (2) Delegados de cada Estado Miembro, conforme el Artículo 3° del mismo.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha propuesto para ocupar el cargo ante la mencionada Comisión Binacional a la señora Da. María Cristina GUZMAN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN INTERNACIONAL, la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Desígnase Delegada de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la Comisión Binacional para...

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