DECRETO 1073 / 2020 DECRETO de 2 de Julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor21 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2020
Número de Boletín29785
Fecha de Publicación30 de Julio de 2020
Número de documento78074

DECRETO N° 1.073/1 (FE), del 02/07/2020.

EXPEDIENTE N° 1.062/170-Z-14·.-

VISTO, estas actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Catastro informa sobre la ocupación ilegítima de una fracción de terreno que forma parte de la mayor extensión identificada como Padrón N° 17.774, ubicado en la localidad de El Cadillal, Departamento Tafí Viejo, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/4 se agrega: Acta Declarativa suscripta por la cual la señora Silvia Susana Zárate, D.N.I. N° 24.621.365, en la cual reconoce que el inmueble que ocupa pertenece al Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán; copia simple de Cesión- Venta de fecha 5 de junio de 2013 otorgada por el señor Luis Humberto Torres Espeche a favor de la señora Silvia Susana Zárate y fotocopia de DNI de la señora Zárate.

Que a fojas 41/42 el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que la fracción de terreno ocupada forma parte del inmueble en mayor extensión cuya Nomenclatura Catastral es: del Padrón N° 17.774 Circunscripción: I, Sección: 19, Lámina: 3, Parcela: 4 D12, Matrícula N° 7.882, Orden: 4, que se encuentra inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matricula Registral T-33135 a nombre del Superior Gobierno de fa Provincia de Tucumán.

Que para la localización, personal técnico procedió a confeccionar un croquis de ubicación, indicando las medidas, superficie y linderos de la fracción mensurada (fs. 39/40).

Que adjunta: sentencia recaída en juicio "López de Roselló Lucía Juana vs. Gobierno de la Provincia S/ Expropiación Inversa"; copia de Informe del Registro Inmobiliario; copia de Plano de Mensura y División; Leyes N° 1.009, N° 2.949, N° 3.235 y N° 4.265; Decreto N° 1.987/1(SO)-73; croquis de ubicación e identificación (fojas 6/40).

Que analizadas las presentes actuaciones, especialmente el informe de la Dirección General de Catastro, se advierte que la fracción del inmueble indicada se encuentra ocupada ilegalmente, por lo que deben iniciarse las acciones...

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