Decreto 1067. Régimen Escalafonario. Equiparación.

Fecha de disposición21 Diciembre 2017
Fecha de publicación21 Diciembre 2017
SecciónDecretos

JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL

Decreto 1067/2017

Régimen Escalafonario. Equiparación.

Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2017

VISTO el Expediente N° S01:0244425/2016 del Registro de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC), la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 2314 de fecha 28 de diciembre de 2009 y sus modificatorios, 1193 de fecha 24 de agosto de 2010 y 2315 de fecha 20 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1193/10, se estableció que la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC), desarrollaría su acción como organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con autarquía económico financiera, personalidad jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que el artículo 4° del Decreto "ut supra" mencionado estableció que el gobierno y administración de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC) serán ejercidos por UN (1) Presidente con jerarquía equivalente a Subsecretario y UN (1) Vicepresidente con jerarquía equivalente a Director General, ambos designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante el Decreto N° 2315/13, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC) organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los cargos respectivos y el financiamiento de los mismos, siendo los únicos cargos de planta existentes hasta la fecha.

Que actualmente el funcionamiento de la JUNTA...

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