Decreto 1060/2020

Fecha de publicación31 Diciembre 2020
SecciónDecretos
EmisorNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR


Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-89641312-APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones y 27.541 y los Decretos Nros. 1126 del 29 de diciembre de 2017 y sus modificaciones, 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones, 37 del 14 de diciembre de 2019, 230 del 4 de marzo de 2020, 789 y 790, ambos del 4 de octubre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 52 de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar los límites allí previstos.

Que mediante el apartado 1 del artículo 755 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a gravar con derechos de exportación la exportación para consumo de mercadería que no estuviere gravada con este tributo, a desgravar del derecho de exportación la exportación para consumo de mercadería gravada con este tributo y a modificar el derecho de exportación establecido.

Que a través del apartado 2 del artículo citado precedentemente se estableció que, salvo lo que dispusieren leyes especiales, las facultades otorgadas en el citado apartado 1 únicamente podrán ejercerse con el objeto de cumplir alguna de las finalidades allí establecidas.

Que este decreto tiene por objetivo atender al cumplimiento de las finalidades señaladas en el apartado 2 del mencionado artículo 755 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, en particular, asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional, así como promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales.

Que mediante el Decreto N° 230/20 se fijaron las alícuotas de Derechos de Exportación para diferentes mercaderías, en su mayoría productos agroindustriales e industriales, incluyéndose determinadas posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.).

Que a través del Decreto N° 789/20 se fijaron las alícuotas de Derechos de Exportación para otras mercaderías, en su mayoría de origen industrial, y se corrigieron ciertas asimetrías de alícuotas preexistentes.

Que por el Decreto N° 790/20 se establecieron las alícuotas del tributo para determinados productos y subproductos de soja.

Que...

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