Decreto 1034/2020

Fecha de publicación21 Diciembre 2020
SecciónDecretos
EmisorRÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO


Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-81349817-APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. N° 25.922 y su modificatoria, 27.506 y su modificatoria y 27.541 y su modificatoria; los Decretos Nros. 1201 del 28 de diciembre de 2018, 708 del 15 de octubre de 2019 y 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 27.506 se creó el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento” que regirá en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA y que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Que la finalidad de promoción del citado régimen se sustenta en la incorporación, aplicación y adopción intensiva de conocimientos derivados de los avances de la ciencia y de la tecnología a las actividades que se desarrollen, en pos de la mejora y perfeccionamiento de la producción de bienes y servicios; dichas mejoras se basan en la creciente utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones, el conocimiento científico y el empleo de capital humano con altos niveles de calificación, contribuyendo de esta manera a una mayor competitividad, a la internacionalización empresarial, al desarrollo de una mayor eficiencia y a la incorporación de mayor valor agregado a partir de la innovación, lo que impactará directamente en el bienestar social, promoviendo especialmente los rubros detallados en el artículo 2° de la citada Ley N° 27.506.

Que por el artículo 3° de la mencionada Ley se crea el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento en el que deberán inscribirse quienes deseen acceder a los beneficios del “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”.

Que, sin dejar de lado el objetivo primordial de contribuir a la competitividad del entramado productivo a partir de la incorporación de conocimiento y de nuevas tecnologías y a la generación de empleo de calidad, mediante la Ley Nº 27.570 se introdujeron ciertas modificaciones a la citada Ley N° 27.506 con el fin de lograr una norma más progresiva, equitativa, federal y solidaria, que acompañe los propósitos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y en el contexto de la emergencia sanitaria.

Que, asimismo, la Ley N° 27.506...

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