Decreto 1028. DECTO-2018-1028-APN-PTE - Decaimiento de beneficios promocionales.

Fecha de disposición08 Noviembre 2018
Fecha de publicación08 Noviembre 2018
SecciónDecretos

MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto 1028/2018

DECTO-2018-1028-APN-PTE - Decaimiento de beneficios promocionales.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2018

VISTO el Expediente Nº EX 2017-35257551-APN-DMEYN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LA COLINA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-67694011-8) fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial instaurado por el artículo 36 "in fine" de la Ley Nº 24.764 y el Decreto Nº 494 de fecha 30 de mayo de 1997, mediante el Anexo II del Decreto Nº 1489 de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolución Nº 1519 de fecha 23 de noviembre de 1998 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, otorgándosele las franquicias dispuestas en los artículos 2º y 11 de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones.

Que el objeto de dicho proyecto consiste en la implantación de un monte de durazno para industria con riego por microaspersión para una superficie de CINCUENTA HECTÁREAS (50 ha) en un establecimiento ubicado en el Departamento de General Alvear, Provincia de MENDOZA.

Que el proyecto promovido se concretaría mediante una inversión total comprometida de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DIEZ ($ 1.257.210), debiendo contar la firma LA COLINA SOCIEDAD ANÓNIMA con una dotación mínima de CINCO (5) personas en forma permanente y de SEIS (6) personas con carácter temporario a partir del inicio de actividades, elevándose éstas a CIEN (100) a partir de la puesta en marcha, la que debía ser denunciada antes del 31 de diciembre de 2002.

Que con fecha 27 de enero de 1999 en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se extendió a la firma LA COLINA SOCIEDAD ANÓNIMA el Certificado de Inicio de Ejecución de Inversiones Nº 21, en los términos de los artículos 5º y 6º de la Resolución Nº 325 de fecha 13 de marzo de 1998 y los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 164 de fecha 10 de febrero de 1999, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, validando el inicio de actividades.

Que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS realizó una fiscalización a la firma promovida, que junto con la información remitida por el Gobierno de la Provincia de MENDOZA, fue analizada en el Informe Nº 57 de fecha 28 de febrero de 2013 por la Dirección Nacional de Incentivos Promocionales de la entonces SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la que consideró que en el período comprendido entre los Ejercicios 2009 a 2012 la citada empresa no alcanzó los volúmenes de producción previstos para la explotación de CINCUENTA HECTÁREAS (50 ha).

Que respecto de la obligación de dotación de personal permanente, la mencionada Dirección Nacional de Incentivos Promocionales señaló que la firma LA COLINA SOCIEDAD ANÓNIMA no habría cumplido con dicha obligación en los años 2008 y 2009, y con el personal temporario en el período comprendido entre el segundo semestre del año 2008 y el primer semestre del año 2012.

Que en tal sentido tomó intervención la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y...

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