Decreto 1028/2020

Fecha de publicación18 Diciembre 2020
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-46343185-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-47/2020 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-47/2020 el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa Agua y Cloaca más Trabajo” (el “Programa”), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (US$30.000.000).

Que el objetivo del Programa consiste en contribuir a mejorar la calidad de vida de los y las habitantes de poblaciones vulnerables a través del acceso a servicios de agua potable y saneamiento, promocionando el desarrollo económico-social y favoreciendo el cuidado del medio ambiente.

Que los objetivos específicos del referido Programa son: i) Ejecutar obras de redes secundarias de agua potable y desagües cloacales en áreas de vulnerabilidad socio sanitaria, dentro del área de acción de AySA y ii) Impulsar la constitución de cooperativas de trabajo, conformadas por personas desocupadas y/o pertenecientes al mercado informal de trabajo, para ejecutar las obras de redes secundarias de agua potable y desagües cloacales.

Que dicho Programa se estructura mediante la modalidad de Préstamo en Función de Resultados (PFR) y bajo un solo componente denominado Obras y Gerenciamiento.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), empresa actuante en la órbita del citado Ministerio. Asimismo, la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS (SAE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN será el organismo subejecutor encargado de la evaluación del mencionado Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-47/2020, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria del referido Préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las...

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