Decreto 1.183
DECRETO 1.183.
La Plata, 26 de julio de 2010.
VISTO el expediente N° 2400-493/10 mediante el cual se gestiona la aprobación del Convenio celebrado entre la Provincia de Buenos Aires y el Estado Nacional - Organismo Nacional de Administración de Bienes (ONABE), y CONSIDERANDO:
Que la Provincia cuenta con el uso precario y gratuito de los inmuebles propiedad del Estado Nacional ubicados entre las calles José Mármol, Florisbelo Acosta, López de Gomara, Dardo Rocha, Concepción Arenal y Avenida Félix U. Camet de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, para el desarrollo de actividades culturales y comunitarias;
Que la Provincia considera indispensable la adquisición del inmueble resultante de la subdivisión prevista en la Ordenanza Nº 0-13973/10 del Municipio de General Pueyrredón, calificado como Distrito de Equipamiento Específico, que estará delimitado por las calles Concepción Arenal, Ricardo Gutiérrez, López de Gomara, Avenida Félix U.
Camet y Dardo Rocha, que integra un predio mayor unificado, identificado catastralmente como: Circunscripción VI - Sección B Manzana 158 Fracción I, a fin de viabilizar el proyecto urbanístico previsto;
Que el predio señalado se encuentra afectado al "Plan Particularizado de Desarrollo" acordado entre el ONABE y el Municipio de General Pueyrredón;
Que en virtud de la solicitud formulada por la Provincia de Buenos Aires, el ONABE considera que se cumplen los requisitos para proceder a la venta del terreno mencionado, en ejercicio de las facultades conferidas por su Decreto de creación Nº 433/00, y en los términos de la Ley Nº 22423 y normativa complementaria, estimando que puede otorgarse con carácter previo, la entrega definitiva del mismo a fin de facilitar el inicio de las obras de construcción del Museo Provincial de Arte Contemporáneo;
Que por la Cláusula Primera del Convenio el ONABE, en uso de sus atribuciones y en los términos del artículo 53 de la Ley de Contabilidad, entrega a la Provincia el inmueble de referencia;
Que el ONABE acuerda con la Provincia iniciar las acciones necesarias tendientes a venderle el predio, con cargo de ser destinado a la construcción del Museo Provincial de
Arte Contemporáneo, previa subdivisión del maciso, aprobación del plano correspondiente por parte de la Dirección de Geodesia, del cumplimiento del Decreto Ley Nº 8912/77 y de que se realice la inscripción del predio a favor del Estado Nacional;
Que todos los gastos que demande la transferencia del bien serán a cargo de la Provincia;
Que a fojas 7/14 se agrega copia de la Ordenanza Nº 0-13793/10, promulgada por Decreto Nº 19640/10, que establece el marco normativo urbanístico para el Plan...
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