Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 13 de Febrero de 2009, expediente 58.937

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2009

"Incidente de apelación contra el auto que decreta la incompetencia territorial en causa N° 22.023: "SHELL

COMPAÑIA ARGENTINA DE PETRÓLEO S.A. S/INFRACCIÓN LEY 20.680". J.P.E. N° 2. SECo N° 3.

EXPEDIENTE N° 58.937. ORDEN N° 22.378. SALA "B".

Buenos Aires, /}; de febrero de 2.009.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el representante de SHELL

COMPAÑÍA ARGENTINA DE PETRÓLEO S.A. a fs. 1420/1422 vta., contra la resolución de fs. 1412/1413, ambas de los autos principales; por la cual el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 declaró la incompetencia territorial de aquel tribunal para entender en las presentes actuaciones y decidió

u remitir las mismas aljuzgado federal con jurisdicción en la localidad de Chajari,

LL..

o provincia de Entre Ríos.

o y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, conforme se prescribe por el arto 16 de ley N° 20.680, "La resolución administrativa que imponga sanciones podrá ser apelada dentro de los cinco (5) días hábiles ... " y " ...conocerá en dicho recurso en única instancia ... En la Capital Federal. .. el Juez Nacional en lo Penal Económico de turno. " (el resaltado corresponde a la presente resolución).

  2. ) Que, por la ley mencionada por el considerando anterior no se prevé la interposición de recurso de apelación alguno contra los proveído s, autos o resoluciones dictados por el juzgado que interviene como tribunal de alzada en la oportunidad prevista por el recordado art. 16 de la ley N° 20.680 (confr. R..

    N° 434/08, entre otros, de esta Sala "B").

  3. ) Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que las resoluciones dictadas por los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico, cuando intervienen como consecuencia de la interposición de un recurso de apelación en los términos del art. 16 de la ley N° 20.680, son sentencias emitidas "...por el superior tribunal de la causa a que se refiere el arto 14 de la ley 48, desde que por el artículo 16 de la apuntada ley 20.680, las resoluciones administrativas por las que se imponen las sanciones en la materia,

    son apelables ante lajusticia, la que conocerá del recurso en única instancia ... "

    (confr. el dictamen del señor P. General de la N ación en la causa "LA

    PRENSA S.A. s/apelación multa ley N° 20.680", al cual remitió la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el pronunciamiento de Fallos 310:1.715);

    por lo tanto, en casos como el presente, eventualmente sólo se encontraría habilitada la vía extraordinaria, si correspondiera así (art. 14 de la ley...

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