Decisión Administrativa 984/2014

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE EDUCACION

Decisión Administrativa 984/2014

Excepción.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° 5.039/14 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el inciso a) del artículo 4° del Anexo de la referida ley establece que para poder ingresar a la Administración Pública Nacional se requiere ser de nacionalidad argentina salvo que el Jefe de Gabinete de Ministros mediante decisión fundada a pedido de la jurisdicción solicitante, exceptúe del cumplimiento de tal exigencia.

Que por el Decreto N° 1.421/02 se reglamenta la referida Ley N° 25.164.

Que mediante la Resolución N° 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal, estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que sea necesario tramitar la contratación de personas con ciudadanía extranjera.

Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS SOCIOEDUCATIVAS dependiente de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION es de vital importancia la contratación del agente Julio Igor HERNÁNDEZ MARAMBIO de nacionalidad chilena, para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada Jurisdicción.

Que a fin de posibilitar la contratación del agente Julio Igor HERNÁNDEZ MARAMBIO en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, corresponde exceptuar a la persona mencionada de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 4° del Anexo de la citada ley.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes...

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