Decisión Administrativa 982. Autorízase enmienda a contratación.

Fecha de disposición26 Octubre 2015
Fecha de publicación26 Octubre 2015
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 982/2015

Autorízase enmienda a contratación.

Bs. As., 05/10/2015

VISTO la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución MDS N° 01 del 05 de enero de 2015 y el Expediente N° E-53051-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la enmienda de la contratación del señor Diego Emanuel TOBIO, DNI N° 30.505.247, para desempeñarse en el ámbito de la Coordinación de Financiamiento para el Fomento del Ingreso Social con Trabajo de la UNIDAD EJECUTORA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N° 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el señor Diego Emanuel TOBIO, DNI N° 30.505.247, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el Sistema Nacional de Empleo Público, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que atento a la nueva función que cumple, se hace necesaria la modificación del contrato aprobado por Resolución MDS N° 01/15.

Que a fin de posibilitar la enmienda de la contratación referenciada, corresponde exceptuar a la misma de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE...

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