Decisión Administrativa 969/2014

Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decisión Administrativa 969/2014

Desígnase la Directora de Promoción de Exportaciones.

Bs. As., 11/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0165888/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación de Empleo Público Nacional y se determinaron los derechos y deberes del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el inciso a) del Artículo 4° del Anexo de la referida ley establece como condición para el ingreso a la Administración Pública Nacional el ser argentino nativo, por opción o naturalizado, previendo asimismo que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar del cumplimiento del referido requisito mediante la fundamentación precisa y circunstanciada efectuada por la jurisdicción solicitante.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se considera imprescindible la cobertura del cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la mencionada Secretaría.

Que la jurisdicción ministerial ha propuesto a la Economista Doña Diana Lizette AGUIRRE NEGRETE (M.I. N° 93.939.297) de nacionalidad ecuatoriana, para ser designada transitoriamente en el referido cargo debido a los conocimientos, experiencia e idoneidad que posee para su desempeño, solicitando exceptuar a la misma de las previsiones contenidas en el inciso a) del Artículo 4° del Anexo de la referida Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que los antecedentes curriculares de la citada profesional acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para asumir las tareas y responsabilidades asignadas al cargo, y el cumplimiento de los requisitos establecidos para el acceso al nivel escalafonario propuesto.

Que se han cumplimentado las previsiones contenidas en el inciso a) del Artículo 4° del Anexo I al Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, así como los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA...

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