Decisión Administrativa 960/20191

Fecha de publicación28 Noviembre 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-19376383- -APN-DGTYA#SENASA, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, 40 del 25 de enero de 2007 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, solicitó la transferencia de la agente Valeria Andrea LOPEZ IGARETA (M.I. N° 23.146.968), quien revista en la planta permanente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio, en UN (1) cargo Nivel B, Grado 2, Tramo General, Agrupamiento Profesional, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, al referido Servicio Nacional.

Que lo peticionado se fundamenta en la necesidad de contar con la mencionada agente para desarrollar funciones en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, por lo que resulta conveniente acceder a lo solicitado, disponiendo la transferencia de la nombrada con su respectivo cargo y nivel escalafonario, conforme lo previsto en el artículo 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la mencionada agente, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que los servicios jurídicos permanentes de la jurisdicción y entidad involucrada han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes de...

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