Decisión Administrativa 956. Dase por autorizada contratación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.

Fecha de disposición15 Octubre 2015
Fecha de publicación15 Octubre 2015
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 956/2015

Dase por autorizada contratación en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.

Bs. As., 30/09/2015

VISTO el Expediente N° 311/13 del Registro de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el artículo 14 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario A.

Que la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que se deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

Que en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA es de vital importancia la contratación del agente Carlos Alberto PIZZO para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada Jurisdicción.

Que a fin de posibilitar la contratación del citado agente en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 corresponde exceptuarlo de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo del Anexo I del Decreto N° 1.421/02.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del...

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