Decisión Administrativa 929/2019

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorINSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER


Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-90580728-APN-SGM#JGM, la Ley Nº 27.467, la Ley Nº 27.285, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 23 del 18 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por Ley N° 27.285 se otorga al INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, creado por el Decreto Nº 1286/10, el carácter de organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional con personería jurídica propia con un régimen de autarquía funcional, administrativa, económica y financiera, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango o jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa Nº 23/19 se aprueba la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que atento la naturaleza del cargo de Coordinador de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria.

Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase a partir del 17 de octubre de 2019, con carácter transitorio y por el término de CIENTO...

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