Decisión Administrativa 904/2014

Fecha de la disposición23 de Octubre de 2014



SECRETARIA GENERAL

Decisión Administrativa 904/2014

Apruébase contratación.

Bs. As., 23/10/2014

VISTO el expediente Nº 41.799/14 del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificaciones, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y modificatorias, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha elevado la propuesta de contratar personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.

Que el artículo 9° del Anexo de la Ley citada en el visto prevé la contratación de personal por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto que reglamenta la Ley Nº 25.164 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios dispone que aquellas contrataciones que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Que la persona de que se trata, reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04, a los efectos de su equiparación al Grado de los distintos Niveles del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que dicho SISTEMA NACIONAL establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes a los objetivos de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar su contratación como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02.

Que la financiación del contrato, que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos...

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