Decisión Administrativa 891/2020

Fecha de publicación28 Mayo 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-18372936-APN-SIP#JGM, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020, la Decisión Administrativa Nº 616 del 10 de agosto de 2017 y su modificatoria y la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN N° 40.715 del 17 de agosto de 2017 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa N° 616/17 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE FINANZAS.

Que por la Resolución Nº 40.715/17 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado Organismo.

Que se considera necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Subgerente/a de Inspección de Entidades de Seguros Patrimoniales de la GERENCIA DE INSPECCIÓN del referido Organismo, con el objeto de cumplir en tiempo y forma con las necesidades del servicio.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por designada con carácter transitorio, a partir del 1° de abril de 2020 y por el término de...

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