Decisión Administrativa 884/2019

Fecha de publicación01 Noviembre 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS


Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-07325899-APN-DGAYO#INDEC, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 10 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la transferencia del agente de la planta permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS MACROECONÓMICOS Y ESTADÍSTICAS LABORALES dependiente de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO a la Dirección de Encuesta Permanente de Hogares dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICAS DE CONDICIONES DE VIDA del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA licenciado en sociología Julián Esteban LABIAGUERRE (M.I. N° 26.921.385), quien revista en un cargo Nivel C, Grado 2, Tramo General, Agrupamiento Profesional, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en virtud de ello, teniendo en cuenta el actual contexto de restricción del gasto público y con el fin de no generar incrementos en las partidas presupuestarias correspondientes al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019, procede transferir al agente en cuestión a la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.

Que el agente mencionado ha prestado su conformidad a la transferencia que se propicia y manifestó que ello no le ocasiona menoscabo moral ni económico.

Que la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes de las Jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades contempladas en el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 15, inciso b), apartado IV del...

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