Decisión Administrativa 862/2015

Fecha de disposición10 Septiembre 2015
Fecha de publicación18 Septiembre 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33217



MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 862/2015

Dase por autorizada contratación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 10/09/2015

VISTO el Expediente N° 7669/14 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros. 25.164 y 27.008, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 1421 del 8 de agosto de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 1254 del 4 de agosto de 2014, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación del Contrato suscripto con fecha 16 de diciembre de 2013, celebrado ad referéndum del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y D. Raúl Alberto LEDESMA (D.N.I. N° 14.632.370), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con efectos al 1° de marzo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse como Delegado representante de la Delegación de la Provincia de Formosa, perteneciente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.

Que a fin de posibilitar la contratación de dicha persona, corresponde exceptuar a la misma de lo establecido en el inciso c), punto II...

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