Decisión Administrativa 837/2019
Fecha de publicación | 10 Octubre 2019 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Emisor | SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN |
Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2017-15212831-APN-GA#SSN, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2627 del 27 de diciembre de 2012, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 616 del 10 de agosto de 2017 y las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nros. 37.465 del 3 de abril de 2013 y 40.715 del 17 de agosto de 2017 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE FINANZAS, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, fue aprobada mediante el Decreto Nº 2627/12 y posteriormente por la Decisión Administrativa Nº 616/17.
Que las aperturas organizativas inferiores del citado organismo fueron aprobadas por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 37.465/13 y posteriormente por su similar Nº 40.715/17 y sus modificatorias.
Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN solicitó la cobertura transitoria del entonces cargo de Subgerente de Reaseguros y del cargo de Subgerente de Normas de Seguros y Reaseguros, ambos dependientes de la GERENCIA TÉCNICA Y NORMATIVA.
Que la cobertura transitoria de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que los servicios jurídicos permanentes de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente, a...
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