Decisión Administrativa 798. Apruébase y adjudícase Contratación Directa N° 126\/2015.

Fecha de disposición05 Agosto 2016
Fecha de publicación05 Agosto 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 798/2016

Apruébase y adjudícase Contratación Directa N° 126/2015.

Buenos Aires, 04/08/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-25028/15-7, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la adquisición de medicamentos antirretrovirales, solicitada por la DIRECCION DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD.

Que la citada Dirección informa que los productos requeridos no cuentan con sustituto conveniente, que éstos son utilizados en terapias para el tratamiento antirretroviral, y se entregarán a pacientes con VIH sin cobertura médica.

Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA DE PROMOCION, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD han prestado conformidad al presente trámite y, a su vez, la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA informa que la firma GLAXOSMITHKLINE ARGENTINA S.A. es la titular del único certificado registrado de las especialidades medicinales solicitadas y ésta, por su parte, declara poseer la exclusividad de la venta de los productos requeridos.

Que corresponde realizar una Contratación Directa de conformidad con el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios.

Que la firma GLAXOSMITHKLINE ARGENTINA S.A. presenta su oferta por un monto total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUATRO CENTAVOS ($ 66.247.737,04).

Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES de la DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO, SUMINISTROS Y SERVICIOS del MINISTERIO DE SALUD, concluyéndose conveniente la presente adquisición, recomienda la adjudicación de la oferta citada, en virtud del cumplimiento de las bases que rigieron el llamado.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo, del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, y el artículo 14, incisos d) y e) del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12, y sus complementarias, ambos decretos modificados por su similar N° 690/16.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la Contratación Directa N° 126/2015 del MINISTERIO DE SALUD encuadrada en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, llevada a cabo para la adquisición de medicamentos antirretrovirales, así como el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I (IF-2016-00526967-APN-MS) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Adjudícase la Contratación Directa N° 126/2015 del MINISTERIO DE SALUD a favor de la firma GLAXOSMITHKLINE ARGENTINA S.A., CUIT 30-51713003-2, por las cantidades que a continuación se detallan:

Renglón 1 por 212.400 unidades,\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026...........................$ 27.165.960

Renglón 2 por 132 unidades,\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026............................$ 88.759,44

Renglón 3 por 832.000 unidades,\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026...........................$ 26.266.240

Renglón 4 por 105.840 unidades\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.....................$ 8.063.949,60

Renglón 5 por 61.200 unidades,\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026..........................$ 4.662.828

TOTAL de\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026........\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026...............................$ 66.247.737,04.

ARTÍCULO 3°

La suma SESENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y...

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