Decisión Administrativa 682. Apruébase estructura.

Fecha de disposición15 Julio 2016
Fecha de publicación15 Julio 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 682/2016

Apruébase estructura.

Bs. As., 14/07/2016

VISTO el Expediente N° 2832/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el Decreto N° 267 del 29 de diciembre de 2015, el Decreto N° 223 del 19 de enero de 2016 y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267/15 se creó como ente autárquico y descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el que actúa, en dicha jurisdicción, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 26.522 y N° 27.078 y sus normas modificatorias y reglamentarias, con plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que la norma citada precedentemente, asimismo, disolvió de pleno derecho la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) y el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL creados por la Ley N° 26.522 y la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (AFTIC) y el CONSEJO FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, determinando, en su artículo 26, que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES es continuador, a todos los efectos legales, de las instancias organizativas disueltas.

Que el artículo 5° del citado Decreto establece que la conducción y administración del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES será ejercida por un Directorio, integrado por UN (1) Presidente, TRES (3) Directores nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y TRES (3) Directores propuestos por la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, los que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios, correspondiendo UNO (1) a la mayoría o primera minoría, UNO (1) a la segunda minoría y UNO (1) a la tercera minoría parlamentaria.

Que la conformación del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, como continuador de dos organismos reguladores que le antecedieron, implica planificar el funcionamiento del mismo desde una visión integral y unificada, para lo cual resulta procedente aprobar la estructura organizativa y funcional de primer nivel operativo.

Que el artículo 27 del Decreto 267/15 establece que constituido el organismo en los términos allí previstos, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES remitirá al PODER EJECUTIVO NACIONAL, para su aprobación, el proyecto de estructura organizativa y funcional.

Que por el Decreto N° 223, del 19 de enero de 2016, se sustituyó el inciso 29 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a aprobar las estructuras organizativas correspondientes al primer nivel operativo.

Que en virtud de ello, corresponde en esta instancia, la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del organismo.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción expidiéndose favorablemente.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I (IF-2016-36052-APN-SSC#MCO) y II (IF-2016-00168271-APN-SSC#MCO), forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2º

Deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, según el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2016-36098-APN-SSC#MCO) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°

Facúltase al titular del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

ARTÍCULO 4°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Entidad 207 - ENACOM.

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Marcos Peña. -- Oscar R. Aguad.

ANEXO I

ANEXO II

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno que garantice el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía de la gestión presupuestaria y administrativa del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ACCIONES:

  1. Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

  2. Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas, recomendando la corrección de los mismos, cuando se produzcan desvíos.

  3. Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

  4. Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los ingresos y egresos.

  5. Emitir opinión sobre los Estados Contables del Organismo.

  6. Controlar la eficiencia, eficacia y legalidad de las acciones operativas llevadas a cabo por el Organismo.

  7. Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas y comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN acerca de los desvíos que se detecten, con las recomendaciones y/o las observaciones que se formulen en cuanto a los cursos de acción a seguir.

  8. Efectuar el seguimiento de los expedientes auditados a fin de recomendar las modificaciones pertinentes en la tramitación de las actuaciones administrativas.

  9. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

  10. Recomendar la implementación de los indicadores que permitan determinar la evolución económica, financiera y de gestión del organismo.

  11. Asesorar en la implementación y actualización de los manuales de procedimientos del Organismo, tanto en cuanto a su eficacia y eficiencia, como en los aspectos relativos al control interno.

  12. Controlar las medidas de resguardo adoptadas para la salvaguarda de los activos del Organismo.

    DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Asistir en el análisis, formulación, implementación, actualización y rediseño de los sistemas, procesos y procedimientos internos, con el propósito de sistematizar informáticamente la gestión del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

    ACCIONES:

  13. Asistir a las autoridades del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el diseño e implementación de proyectos que incorporen sistemas informáticos en la gestión.

  14. Elaborar un plan de sistemas identificando objetivos estratégicos del organismo y los medios para alcanzarlos.

  15. Entender en el análisis, diseño y adecuación de los procesos del Organismo, aplicando criterios de eficacia y eficiencia mediante la sistematización informática de los mismos.

  16. Entender en la implementación de sistemas informáticos de gestión del Organismo.

  17. Gestionar el mantenimiento del equipamiento informático del Centro de Cómputos y del usuario final.

  18. Asistir a las autoridades en la definición de políticas de desarrollo de sistemas de información.

  19. Entender en los procesos de incorporación, implementación, modificación y mantenimiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo.

  20. Asistir a las autoridades en la definición y aplicación de metodologías y normas relativas a la seguridad y privacidad de la información de conformidad con la normativa vigente y estándares aplicables en la materia.

  21. Intervenir en la estandarización de los procesos relacionados con la gobernabilidad de los proyectos del Organismo, facilitando el uso compartido de recursos, metodologías, herramientas y técnicas de la gestión de los proyectos.

  22. Realizar las acciones tendientes a conformar una Unidad de servicios transversal para el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

    DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Asistir en la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y en la difusión de todas las acciones de comunicación que se realicen.

    ACCIONES:

  23. Asistir en la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

  24. Promover el intercambio institucional y la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR