Decisión Administrativa 321/2009

Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2009

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio, y 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase el contrato suscripto entre el MINISTERIO DE EDUCACION y la Profesora Marcela Ramona MARDONES (DNI Nº 14.464.122) por el período, categoría y montos indicados en la planilla que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida, en los términos del Decreto Nº 2345/08 exceptuándose al referido Ministerio de lo dispuesto en el artículo 7º del Anexo I del mencionado decreto con relación a la acreditación del título universitario.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION para el Ejercicio 2009, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO que integra la presente medida.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Alberto E. Sileoni.

ANEXO MINISTERIO DE EDUCACION DEPENDENCIA APELLIDO Y NOMBRE C.U.I.T. DESDE HASTA FUNCION Y RANGO DEDICACION MONTO MENSUAL MONTO TOTAL DIRECCION NACIONAL DE GESTION CURRICULAR Y FORMACION DOCENTE SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD - SECRETARIA DE EDUCACION MARDONES, MARCELA RAMONA 27-14464122-7 08-01-09 31-12-09

Consultor Experto - III Completa $ 5.600,00 $ 65.893,33

Programa 29 - Actividad 12 - Inciso 1 - Ppal. 8 Ppcial. 7 - Fuente de Financiamiento 11 $ 65.893,33 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 312/2009

Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto N° 1421/02 en la Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria.

Bs. As., 15/9/2009

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificaciones y el Expediente Nº E-7471-2009 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto tramita la excepción para la contratación del señor ARAMAYO, Osvaldo Santiago, para desempeñarse en el ámbito de la Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que el señor ARAMAYO, Osvaldo Santiago se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el mismo reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificaciones, a los efectos de su equiparación a los niveles establecidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que el Sistema Nacional de Empleo Público, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que a fin de posibilitar la contratación del señor ARAMAYO, Osvaldo Santiago, corresponde exceptuar al mismo de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el artículo 9º del Anexo I del Decreto 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Autorízase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para contratar por el período comprendido entre el 1/2/2009 y el 31/12/2009, al señor ARAMAYO, Osvaldo Santiago (DNI Nº 21.321.812) con carácter de excepción al Punto II del inciso c) de artículo del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al nivel D - Grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Alicia M. Kirchner.

PRESIDENCIA DE LA NACION Decisión Administrativa 311/2009

Danse por aprobados contratos celebrados en el marco del Decreto N° 1421/02 en la Secretaría General.

Bs. As., 15/9/2009

VISTO el expediente Nº 26.131/09 del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificaciones, la Resolución S.G.P. Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007 y el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES - SIEMPRO SISFAM, ha elevado la propuesta de contratar personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.

Que el artículo 9º de la Ley citada en el visto prevé la contratación de personal por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional.

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto que reglamenta la Ley 25.164 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución S.G.P. Nº 48/02 las pautas para la aplicación...

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